P.- ¿Y cuál es la diferencia entre consentir y ceder?
R.- El consentimiento comporta una parte de ambigüedad. No reposa sobre un saber preliminar y, finalmente, siempre conduce a una especie de salto, de desprendimiento de uno mismo a favor del encuentro. Sin embargo, hay que diferenciar entre la ambigüedad del consentimiento, que puede remitir al sujeto a una forma de enigma sobre su deseo, y la experiencia traumática de lo que Lacan llamó en 1963 "ceder a la situación". En este caso el sujeto vive un verdadero forzamiento que le incapacita para responder a lo que sucede. Distinguir entre ambas experiencias, la de consentir y la de ceder, pone en juego cuestiones clínicas, éticas y políticas.
P.- ¿Políticas?
R.- Sí, porque la cuestión del consentimiento se ha planteado, desde la Ilustración, como una cuestión que se halla en el fundamento de la autoridad: la autoridad del soberano no se apoya en la naturaleza, ni en Dios ni en la tradición, sino, desde ese momento, en el consentimiento de los sujetos al pacto social. Sin embargo, también aquí puede haber un forzamiento del consentimiento. Camus en El hombre rebelde, de 1951, nos mostró que la ideología totalitaria se apoya en una aniquilación del consentimiento. Lo muestra muy bien Orwell en 1984 también. Se trata, a la vez, de forzar el consentimiento de los sujetos arrancándoles un "sí" y, de este modo, aniquilar ese consentimiento.
P.- Un consentimiento que, insiste usted, es ambiguo.
R.- En el campo de lo íntimo, pero también en el político, el consentimiento no se reduce a un puro contrato. Es más bien un pacto de la palabra, fundado sobre la confianza, y una experiencia que pone en juego el deseo. Cuando consiento a otro o a un discurso, no necesariamente sé adónde conducirá esto, pero consiento porque estoy de acuerdo con lo novedoso que se produce en el encuentro. Es un riesgo que se toma y no un cálculo de intereses. Al mismo tiempo, pienso que es esencial el momento en que algo da un vuelco a una experiencia de forzamiento. Es crucial no confundir lo que el consentimiento tiene de ambiguo con el encuentro traumático.
P.- En España se adoptó el año pasado la llamada ley del solo sí es sí, Pero un "sí", ¿podría responder a una cesión forzada y no a un consentimiento, según la distinción que hace usted?
R.- Me gusta esta fórmula, porque el "sí" es bello, es una apertura al otro. "Sí" es verdaderamente "sí" al otro.
P.- ¿Puede haber "síes" que se conviertan en "noes"?
R.- En efecto , el "sí es sí" no resuelve totalmente la cuestión del consentimiento. Se puede haber dicho "sí" y encontrarse en una situación de traición, de forzamiento del consentimiento, porque aquello a lo que se dijo "sí" no es finalmente lo que se encontró...
Marc Bassets. El País, domingo 29 de octubre de 2023.
No hay comentarios:
Publicar un comentario